CGT RECLAMA RECUPERACIÓN DEL PODER ADQUISITVO, DESCONGELACIÓN SALARIAL Y PARTICIPACIÓN EN BENEFICIOS

El pasado 11 de febrero tuvo lugar una nueva reunión de la mesa de negociación del XXIV Convenio Colectivo de Banca. Una reunión en la que CGT expusimos nuestras propuestas al capítulo 5º Retribuciones. Unas propuestas basadas en tres ejes: A) Recuperación del poder adquisitivo, B) Descongelación salarial y C) Participación en beneficios.

Desde CGT entendemos, que antes de hablar de subidas salariales para este nuevo cuatrienio (2019-2023), debemos recuperar el poder adquisitivo perdido durante la vigencia del anterior XXIII Convenio Colectivo (2015-2018). Un convenio que, al no tener incluida cláusula de revisión salarial, craso error, ha permitido un desfase entre la subida salarial acumulada, que pactaron la patronal bancaria AEB con CCOO y UGT, del 4,50% y la variación acumulada del IPC durante ese mismo periodo, del 5,6%. Para ello propusimos el abono de una paga extraordinaria, con impacto en tablas por la diferencia entre ambas magnitudes, del 1,1%.

Igualmente, dado que ya llevamos un año con el convenio colectivo vencido en situación de ultractividad y sin subida salarial, propusimos el abono inmediato de un anticipo a cuenta del 0,80%, correspondiente al IPC acumulado durante el año 2019.

En la anterior reunión desde CGT ya propusimos la supresión del artículo 5 del convenio, propuesta que volvimos a poner nuevamente encima de la mesa. Un artículo por el cual todas las subidas salariales de convenio son, en su caso, compensadas y absorbidas por cualquier mejora o complemento personal. Una cláusula, por tanto, que en la práctica congela el salario de miles y miles de trabajadores y trabajadoras del sector.

Con respecto a la subida salarial para este nuevo periodo de cuatro años (2019-2023) desde CGT propusimos una subida anual del 3% de todos los conceptos retributivos. Un 3% a percibir de la siguiente forma:

50% lineal sobre el salario medio publicado por el INE para actividades financieras y de seguros.

50% sobre tablas salariales.

Una fórmula mixta que hace que se reduzca la brecha salarial existente entre las diferentes categorías profesionales. Categorías que, por otro lado, cada vez resultan más coincidentes en funciones y responsabilidades.

Igualmente, y para evitar discriminaciones, solicitamos la supresión del artículo 22.2, aquel que obliga al apoderamiento de las personas pertenecientes a los niveles de técnico 1 a 6 para el cobro y devengo de nuevos trienios de técnico, en contraposición a lo que ocurre con quienes tienen niveles 7 y 8.

Desde hace años, debido a los nefastos convenios colectivos acordados por el sindicalismo institucional, las personas que trabajamos en banca apenas participamos de los beneficios que, con nuestra dedicación y esfuerzo, los bancos y el sector en general obtienen. Mientras, los bancos continúan con su política de retribución al accionista, aumentando el pay-out, el porcentaje de los beneficios que una empresa dedica al pago de dividendos.

Desde CGT creemos firmemente que esos beneficios no deben solo ir a parar a los bolsillos del accionariado, sino indudablemente también al de las plantillas. Y cuando hablamos de plantillas nos referimos a su totalidad, tanto a quienes estaban topados por los antiguos 18 cuartos de paga, como a quienes, o bien no lo estaban por no haberlos devengado, o a quienes los perdieron con la firma del XXIII Convenio Colectivo.

Y para ello, es necesario referenciar la condición para su cobro a una magnitud pública y transparente, como por ejemplo el “beneficio atribuido”, y no a la actual “Ratio de Actividad de Explotación de la actividad bancaria en España, a perímetro homogéneo de comparación (RAE)”. Magnitud esta tremendamente opaca que está sirviendo para que, tanto los bancos, como la propia patronal bancaria, estén posiblemente dejando de abonar las cantidades pactadas en convenio. Precisamente para evitar esto, en esta reunión desde CGT solicitamos a la patronal AEB que aclarase sí la cifra que, según ella, ha alcanzado esa magnitud a nivel sectorial, y que no ha dado derecho al cobro de ningún cuarto de paga en junio de 2019, proviene de los cálculos realizados por sus propios servicios contables, o sí por el contrario ha sido comunicada por el Banco de España, entidad que, según la redacción del propio convenio colectivo, es la que tiene la capacidad de certificarla. A pesar de la claridad de la pregunta, ni la AEB, ni los sindicatos mayoritarios que integran junto a la primera la Comisión Paritaria del convenio, que supuestamente sirve para velar por su cumplimiento, supieron responderla. Respuesta que finalmente quedó pospuesta para la siguiente reunión.

Para acabar, también propusimos que el plus de polivalencia funcional se extienda, mientras exista la categoría, a quienes entran en el sector con el nivel de acceso a la profesión, más si cabe cuando este personal realiza funciones tanto comerciales como operativas.

Una vez escuchadas las distintas propuestas sociales, la patronal AEB puso de manifiesto: su negativa a suprimir la cláusula de absorción y compensación; su reivindicación histórica de suprimir los aumentos salariales ligados a la antigüedad, condicionando además la subida salarial para este nuevo cuatrienio a esa supresión; así como, su no disposición a anticipar ninguna cantidad a cuenta, dado que entiende que no ha habido ninguna pérdida de poder adquisitivo.

Con esta reunión ha finalizado la revisión inicial de todos los capítulos del actual convenio colectivo, en donde desde CGT hemos hecho propuestas a cada uno de ellos. Propuestas razonadas y coherentes, tendentes a mejorar las condiciones laborales y salariales de las plantillas bancarias.

En la próxima reunión que está programada para el 25 de febrero trataremos un nuevo capítulo inexistente en la actualidad, denominado Formación. Reunión en la que desde CGT aportaremos nuestras propuestas sobre este tema tan importante, donde la formación en materias como MIFID II y/o LCI han recaído mayormente sobre el tiempo libre de las plantillas. Tiempo restado a la conciliación de la vida laboral y familiar.

13 de febrero de 2020